Caso Bershka, y las fronteras de la videovigilancia (I).

De no ponerle remedio la regulación de la videovigilancia en el sector privado ha constituido, constituye y constituirá un problema de baja calidad normativa. En esta materia las constantes idas y venidas regulatorias y jurisprudenciales complican de modo extraordinario no sólo los procesos de toma de decisión a nivel práctico sino incluso desde el punto…

Videovigilancia, encargado del tratamiento y justicia material. ¿Cambio de rumbo? El interés legítimo en las relaciones responsable encargado.

Cinco de cinco. Si no leyó la primera parte, pinche aquí. Si se perdió la segunda piche aquí. Si se perdió la tercera pinche aquí. Si se perdió la cuarta pinche aquí.   En esta serie de artículos se examinan las condiciones de tratamiento de datos personales por un encargado del tratamiento en el caso…

Videovigilancia, encargado del tratamiento y justicia material. ¿Cambio de rumbo?

Uno de cinco. La videovigilancia suele ofrecer sorpresas significativas, y no sólo por enmarcarse en un contexto normativo que amablemente puede calificarse como “disperso” y sometido a veleidades interpretativas, sino también por razones de orden práctico. En primer lugar, y a ello dedicamos una buena discusión en “Diálogos TIC- APEP 2. Smart Cities”, por cuanto…

Videovigilancia de enfermos con ébola.

Si algo ha caracterizado el desarrollo normativo de la videovigilancia en España ha sido su carácter caótico y profundamente asistemático. Esto no es ninguna novedad, ni para el lector ni para el autor de este artículo. En su momento y en ausencia de expediente mejor, se dictó la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de…

De Martutene a Sada.

El 18 de octubre el diario La Opinión de A Coruña publica un titular «Protección de Datos apercibe al puerto por grabar una protesta», cuyo contenido relacionado con la grabación de alrededor de medio millar de personas que irrumpieron en la dársena para protestar por el cierre de la L. El titular ha despertado mi…

Punteo de censos

Con este título leo una interesante noticia publicada por eldiario.es cuyo titular resulta significativo «Un vacío legal permite a los partidos identificar quiénes son los vecinos que se abstienen». La cuestión es bien sencilla, con fundamento en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, las candidaturas reciben copia del Censo…